AL PIE DE SIERRA MORENA

Desde Jóvenes Cazadores Andaluces os deseamos unas felices fiestas a todos nuestros lectores, y que mejor forma de hacerlo que con nuestro escrito mensual. Retomamos la sección de nuestro amigo Álvaro Martín Cordobés, "Al Pie de Sierra Morena".

¿CAZO SEGURO?

    Todos conocemos, o eso creo, que uno de los innumerables papelajos que debemos de llevar a la hora de realizar cualquier actividad cinegética es nuestro seguro de caza en vigor, que nos cubra en caso de que incurramos en algún tipo de responsabilidad civil.

    Antes de nada, a pesar de que la inmensa mayoría de los lectores sepan sobradamente de que se trata, quizás sea necesario hacer una pequeña definición de “Responsabilidad Civil”, concretamente de la “Extracontractual”. Se trata de la obligación de reparar el daño causado por acciones u omisiones en las que intervengan la culpa o negligencia.

    ¿La póliza que tengo es suficiente para cubrir cualquier tipo de responsabilidad? No hay respuesta categórica a tan difícil pregunta.

    Para cumplir con el requisito de poseer seguro de caza en vigor, basta con suscribir una póliza que se adapte a lo regulado en el Real Decreto 63/1994, de 21 de enero, que establece como mínimo la cantidad de 90.151, 82 € por víctima, irrisoria en mi opinión.
    
¿Es suficiente esta cantidad para nuestra tranquilidad? Rotundamente NO.

    La Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, aplicable a la actividad cinegética, ha aumentado sustancialmente las indemnizaciones que reciben tanto las víctimas como los perjudicados de un hipotético accidente. Evidentemente, todo va a depender de las circunstancias personales del accidentado.

    A los únicos efectos de intentar concienciar a los cazadores, voy a poner un pequeño ejemplo para que entendamos la gravedad de la situación:

Desafortunadamente, un accidente de caza provoca la muerte de D. Rafael, cuyas circunstancias familiares y personales son:    

o 45 años.
o Una mujer de su misma edad, con 15 años de matrimonio.
o Dos hijos menores de edad (15 años)
o Los dos padres aún viven, con 75 años.
o Un herman@ con 40 años (no convive ni tiene dependencia económica).
o Ingresos netos de 30.000 € anuales. 

En este supuesto de hecho estándar, la indemnización total por todos los conceptos sería de entre 535.000 y 540.000 €.

    A la hora de calcular el importe de la indemnización, se tienen en cuenta circunstancias como el número de hijos, años de convivencia y edad del cónyuge viudo (si lo hay), la existencia de progenitores, hermanos, allegados y, por supuesto, los ingresos anuales del accidentado (si aumentara la capacidad económica del fallecido, mayor indemnización le correspondería a los perjudicados).

    Mediante este pequeño post, en ningún momento se pretende hacer propaganda de ninguna entidad aseguradora, en el mercado encontramos con una gran oferta de seguros, por lo que cada cazador podrá elegir entre las que mejor se adapten a sus intereses.

    En el caso de que el montante indemnizatorio fuera mayor que la cobertura de nuestra póliza, tendríamos que responder de los daños y perjuicios causados con TODO nuestro patrimonio (tanto presente como futuro). Siendo realistas, una persona media difícilmente podría afrontar una indemnización de semejante cuantía con la realización de sus bienes, teniendo en cuenta que el de mayor valor, por lo general, es la vivienda y suele estar gravada con garantía hipotecaria.

    En opinión del que suscribe, debería adaptarse la normativa sobre el seguro obligatorio del cazador al “nuevo” baremo indemnizatorio, incrementando el límite mínimo hasta una cantidad que realmente pueda satisfacer los daños causados. No se puede dejar a una familia a merced de la racanería del causante del daño.

    En conclusión, suscribir una póliza con una buena cobertura supone un gasto extra anual ínfimo y puede garantizar tanto nuestro futuro como el de la familia del hipotético accidentado.

Álvaro Martín Cordobés